{"id":145,"date":"2016-10-19T22:32:11","date_gmt":"2016-10-19T20:32:11","guid":{"rendered":"http:\/\/herrikoa.org\/?page_id=145"},"modified":"2017-04-25T20:21:33","modified_gmt":"2017-04-25T18:21:33","slug":"estatutos","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/herrikoa.org\/?page_id=145","title":{"rendered":"Estatutos"},"content":{"rendered":"\t\t<div data-elementor-type=\"wp-post\" data-elementor-id=\"145\" class=\"elementor elementor-145 elementor-bc-flex-widget\">\n\t\t\t\t\t\t<section class=\"elementor-section elementor-top-section elementor-element elementor-element-ssgwgho elementor-section-boxed elementor-section-height-default elementor-section-height-default\" data-id=\"ssgwgho\" data-element_type=\"section\" data-e-type=\"section\">\n\t\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-container elementor-column-gap-default\">\n\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-column elementor-col-100 elementor-top-column elementor-element elementor-element-lgrlqsc\" data-id=\"lgrlqsc\" data-element_type=\"column\" data-e-type=\"column\">\n\t\t\t<div class=\"elementor-widget-wrap elementor-element-populated\">\n\t\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-tpigukp elementor-widget elementor-widget-text-editor\" data-id=\"tpigukp\" data-element_type=\"widget\" data-e-type=\"widget\" data-widget_type=\"text-editor.default\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t\t\t\t\t\t\t<h1>CONSTITUCI\u00d3N, DENOMINACI\u00d3N, OBJETO, AMBITO, DOMICILIO Y DURACI\u00d3N.<\/h1><p><strong>Art\u00edculo 1\u00ba.-<\/strong> Con la denominaci\u00f3n de Federaci\u00f3n \u201cHERRIKOA\u201d de Asociaciones de Padres y Madres del alumnado, se cre\u00f3 en Navarra una Federaci\u00f3n al amparo de la Ley 191\/1964, con adaptaci\u00f3n posterior a la Ley Org\u00e1nica 1\/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociaci\u00f3n, y normas complementarias, con personalidad jur\u00eddica y plena capacidad de obrar, careciendo de \u00e1nimo de lucro.<\/p><p><strong>Art\u00edculo 2\u00ba.-<\/strong> Los fines de la Federaci\u00f3n son los siguientes:<\/p><ol><li>Coordinar las Asociaciones de padres y madres del alumnado de Navarra con vistas a la unidad de acci\u00f3n para el mejor logro de los fines comunes.<\/li><li>Promover la creaci\u00f3n de tales Asociaciones supliendo en algunos casos la iniciativa privada, si \u00e9sta faltare o ayudando a superar las dificultades existentes para ello, cuando as\u00ed se crea conveniente.<\/li><li>Colaborar con las Asociaciones de padres y madres del alumnado, miembros de la Federaci\u00f3n en el desarrollo de sus fines propios, sin m\u00e1s limitaciones que las determinadas por los medios de que disponga la Federaci\u00f3n, mediante la orientaci\u00f3n y asesoramiento en cuantos problemas e iniciativas planteen e incluso prestando la ayuda econ\u00f3mica que se estime oportuna a las Asociaciones miembros.<\/li><li>Defender por los medios apropiados los intereses de toda naturaleza relativos a la Educaci\u00f3n, propios de los socios de las Asociaciones federadas.<\/li><li>Estudiar la problem\u00e1tica de la Educaci\u00f3n relacion\u00e1ndose con cuantas organizaciones, grupos y personas est\u00e9n relacionadas con ella, tanto a nivel pedag\u00f3gico, econ\u00f3mico o de administraci\u00f3n.<\/li><li>Recomendar l\u00edneas de actuaci\u00f3n y proponer objetivos concretos, bien por propia iniciativa, bien recogiendo sugerencias de las Asociaciones federadas.<\/li><li>Entablar y mantener relaci\u00f3n, participando incluso en ellos, con los Organismos Oficiales que inciden en el campo de la Educaci\u00f3n, colaborando con ellos en cuantas cuestiones fueran necesarias.<\/li><li>Representar en todas las ocasiones en que se considere preciso una actuaci\u00f3n colectiva, a las Asociaciones federadas ante los Poderes P\u00fablicos.<\/li><li>Dirimir las cuestiones que entre Asociaciones federadas puedan surgir, comprometi\u00e9ndose a aceptar su dictamen de cara al mejor cumplimiento de sus fines.<\/li><li>Cualquier otra finalidad tendente a la defensa y mayor eficacia en el cumplimiento de los objetivos de las Asociaciones miembros.<\/li><\/ol><p><strong>Art\u00edculo 3\u00ba.-<\/strong> El \u00e1mbito de la Federaci\u00f3n es el de la Comunidad Foral de Navarra.<\/p><p><strong>Art\u00edculo 4\u00ba.-<\/strong> El domicilio social de la Federaci\u00f3n es C\/ Juan Mar\u00eda Guelbenzu, n\u00ba 38, bajo de Pamplona.<\/p><p><strong>Art\u00edculo 5\u00ba.-<\/strong> La Federaci\u00f3n se crea con duraci\u00f3n indefinida, salvo su disoluci\u00f3n conforme a los presentes estatutos y a las leyes.<\/p><p>\u00a0<\/p><h1>DE LAS ASOCACIONES MIEMBROS<\/h1><p><strong>Art\u00edculo 6\u00ba.-<\/strong> Ser\u00e1n miembros de la Federaci\u00f3n:<\/p><ol><li>Todas las asociaciones que sus fines sean similares y que figuren inscritas en el Registro de Asociaciones que, libre y voluntariamente, tenga inter\u00e9s en el desarrollo de dichos fines.<\/li><li>Aquellas Asociaciones que en el futuro soliciten su ingreso en la Federaci\u00f3n y sean admitidas en ella en la forma reglamentaria.<\/li><\/ol><p><strong>Art\u00edculo 7\u00ba.-<\/strong> Las Asociaciones que en el futuro deseen integrarse en la Federaci\u00f3n deber\u00e1n remitir para ello a la Junta Directiva de la misma una solicitud firmada por su Presidente\/a, adjuntando certificaci\u00f3n del Acta de la Asamblea de la Asociaci\u00f3n en la que se tom\u00f3 el acuerdo de integraci\u00f3n en la Federaci\u00f3n. La Junta Directiva de la Federaci\u00f3n someter\u00e1 a la Asamblea General la solicitud de ingreso, quien decidir\u00e1 al respecto.<\/p><p><strong>Art\u00edculo 8\u00ba.-<\/strong> Las Asociaciones en tr\u00e1mite de legalizaci\u00f3n podr\u00e1n contar en la Asamblea General de la Federaci\u00f3n con un representante de su Junta Promotora, quien asistir\u00e1 a las reuniones de la Asamblea General en calidad de observador, con voz pero sin voto.<\/p><p>\u00a0<\/p><h1>DE LOS ORGANOS DIRECTIVOS DE LA FEDERACI\u00d3N<\/h1><p><strong>Art\u00edculo 9\u00ba.-<\/strong> Son \u00f3rganos de la Federaci\u00f3n:<\/p><ol><li>La Asamblea General.<\/li><li>La Junta Directiva.<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><h1>De la Asamblea General<\/h1><p><strong>Art\u00edculo 10\u00ba.-<\/strong> La Asamblea General es el \u00f3rgano supremo de gobierno de la Federaci\u00f3n y estar\u00e1 compuesta por los\/as Presidentes de las Asociaciones federadas y por delegados\/as de las mismas designados anualmente al efecto por sus respectivas Juntas Generales de Asociaciones en proporci\u00f3n de un delegado por cada cincuenta socios o fracci\u00f3n superior a veinticinco.<\/p><p><strong>Art\u00edculo 11\u00ba.-<\/strong> La Asamblea General se reunir\u00e1 en sesi\u00f3n ordinaria al menos una vez al a\u00f1o y en sesi\u00f3n extraordinaria siempre que lo solicite la Junta Directiva o al menos el 5% de sus miembros.<\/p><p><strong>Art\u00edculo 12\u00ba.-<\/strong> La Asamblea General ser\u00e1 convocada por la Junta Directiva con 10 d\u00edas, al menos, de antelaci\u00f3n a la fecha prevista para la celebraci\u00f3n de la reuni\u00f3n, mediante comunicaci\u00f3n dirigida.<\/p><p><strong>Art\u00edculo 13\u00ba.-<\/strong> La Asamblea General quedar\u00e1 v\u00e1lidamente constituida en primera convocatoria cuando est\u00e9n presentes al menos la mitad m\u00e1s uno de los miembros que la componen y en segunda convocatoria cualquiera que sea el n\u00famero de miembros presentes. En segunda convocatoria deber\u00e1 citarse el amenos con media hora de posterioridad a la fijada para la primera convocatoria.<br \/> Los acuerdos se adoptar\u00e1n por mayor\u00eda simple de votos presentes. En caso de producirse un empate se repetir\u00e1 la votaci\u00f3n, y si a\u00fan se produjera nuevo empate, decidir\u00e1 el voto de calidad del Presidente.<\/p><p><strong>Art\u00edculo 14\u00ba.-<\/strong> Adem\u00e1s de las personas se\u00f1aladas en el art\u00edculo 8\u00ba de los presentes Estatutos, la Junta Directiva podr\u00e1 invitar a las sesiones de Asamblea General con voz pero sin voto, a aquellas personas que en raz\u00f3n de sus conocimientos t\u00e9cnicos, profesionales o de su relevancia en el campo de la Educaci\u00f3n puedan realizar aportaciones de inter\u00e9s a los trabajos de la Asamblea.<\/p><p><strong>Art\u00edculo 15\u00ba.-<\/strong> Son funciones de la Asamblea General reunida en sesi\u00f3n ordinaria las siguientes:<\/p><ol><li>La aprobaci\u00f3n de la memoria anual que sobre su gesti\u00f3n presente la Junta Directiva.<\/li><li>La aprobaci\u00f3n, si procede, del ejercicio econ\u00f3mico correspondiente.<\/li><li>La fijaci\u00f3n de la cuant\u00eda de la aportaci\u00f3n econ\u00f3mica de las Asociaciones federadas y su proporcionalidad.<\/li><\/ol><p><strong>Art\u00edculo 16\u00ba.-<\/strong> Son funciones de la Asamblea General reunida en sesi\u00f3n extraordinaria:<\/p><ol><li>El nombramiento de la Junta Directiva.<\/li><li>La modificaci\u00f3n de los presentes Estatutos.<\/li><li>La disoluci\u00f3n de la Federaci\u00f3n.<\/li><li>La disposici\u00f3n y enajenaci\u00f3n de los bienes de la Federaci\u00f3n.<\/li><li>Autorizar la asunci\u00f3n de obligaciones crediticias y pr\u00e9stamos.<\/li><li>La expulsi\u00f3n de los socios de la Federaci\u00f3n.<\/li><\/ol><p><strong>Art\u00edculo 17\u00ba.-<\/strong> No obstante lo dispuesto en el art\u00edculo 13\u00ba, p\u00e1rrafo 2\u00ba de los presentes Estatutos, los acuerdos sobre los temas relacionados en el art\u00edculo 16\u00ba, apartados 1, 2, 3, 4 y 5 deber\u00e1n adoptarse por mayor\u00eda cualificada de 2\/3 de los socios presentes o representados.<\/p><p>\u00a0<\/p><h1>De la Junta Directiva<\/h1><p><strong>Art\u00edculo 18\u00ba.-<\/strong> La Junta Directiva estar\u00e1 compuesta por Presidente\/a, Vicepresidente\/a, Secretario\/a, Tesorero\/a y vocales. Ser\u00e1 elegida por un periodo de 2 a\u00f1os y renovada por mitad cada a\u00f1o. Quienes hayan desempe\u00f1ado cargos en la Junta Directiva podr\u00e1n ser reelegidos para los mismos o para otros cargos dentro de la misma.<\/p><p><strong>Art\u00edculo 19\u00ba.-<\/strong> La Junta Directiva se reunir\u00e1 al menos una vez al mes y siempre que lo soliciten al menos tres de sus miembros. La Convocatoria se har\u00e1 por el Presidente\/a con una antelaci\u00f3n al menos de 48 horas a la de la hora y fecha de la reuni\u00f3n, con expresi\u00f3n del Orden del D\u00eda, fecha, hora y lugar de la reuni\u00f3n.<br \/> Quedar\u00e1 v\u00e1lidamente constituida en primera convocatoria cuando asistan al menos la mitad m\u00e1s uno de sus miembros y en segunda convocatoria media hora m\u00e1s tarde, cualquiera que sea el n\u00famero de miembros asistentes.<\/p><p><strong>Art\u00edculo 20\u00ba.-<\/strong> Las funciones de la Junta Directiva ser\u00e1n las siguientes:<\/p><ol><li>La representaci\u00f3n permanente de los intereses de los asociados con sujeci\u00f3n a las directrices de la Asamblea General.<\/li><li>La convocatoria de las reuniones de la Asamblea General.<\/li><li>La gesti\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los acuerdos de la Asamblea General.<\/li><li>La administraci\u00f3n del patrimonio y fondos de la Federaci\u00f3n, as\u00ed como la proposici\u00f3n a la Asamblea General del presupuesto anual, dentro de los l\u00edmites m\u00e1ximos estatutarios.<\/li><li>La redacci\u00f3n de la memoria, balance y presupuesto.<\/li><li>La constituci\u00f3n de comisiones de estudio y ponencias.<\/li><li>La preparaci\u00f3n de los planes de trabajo de la Federaci\u00f3n.<\/li><li>Cualesquiera otras que le delegue la Asamblea General.<\/li><\/ol><p><strong>Art\u00edculo 21\u00ba.-<\/strong> Los acuerdos se tomar\u00e1n por mayor\u00eda simple de votos presentes, caso de empate, se realizar\u00e1 una nueva votaci\u00f3n, y de persistir el empate, decidir\u00e1 el voto de calidad del Presidente\/a.<\/p><p><strong>Art\u00edculo 22\u00ba.-<\/strong> Son funciones del Presidente\/a:<\/p><ol><li>Presidir la Junta Directiva y la Asamblea General.<\/li><li>Convocar la Junta Directiva.<\/li><li>Autorizar con su firma las comunicaciones del Secretario\/a que lo requieran y todos los actos y acuerdos de los \u00f3rganos colectivos.<\/li><li>Representar a la Federaci\u00f3n en todos los actos p\u00fablicos en que oficialmente participe.<\/li><li>Asumir las delegaciones que le confiere la Junta Directiva.<\/li><li>Actuar como representante legal de la Federaci\u00f3n en todos los actos y contratos en que deba intervenir.<\/li><li>Cualquiera otra reconocida por las Leyes y Reglamentos en vigor.<\/li><\/ol><p><strong>Art\u00edculo 23\u00ba.-<\/strong> El\/La Vicepresidente\/a sustituir\u00e1 al\/la Presidente\/a con sus mismas atribuciones en caso de ausencia enfermedad o por delegaci\u00f3n de \u00e9ste. Adem\u00e1s ayudar\u00e1 al \/la Presidente\/a en aquellas funciones que le encomiende.<\/p><p><strong>Art\u00edculo 24\u00ba.-<\/strong> El\/La Secretario\/a desempe\u00f1ar\u00e1 las siguientes funciones:<\/p><ol><li>La custodia de los libros, documentos y sellos de la Federaci\u00f3n.<\/li><li>Redactar y anotar en los correspondientes libros las Actas de la Asamblea General y de la Junta Directiva.<\/li><li>Librar certificaciones de los libros que custodia, con el visto bueno del\/la Presidente\/a.<\/li><li>Llevar la correspondencia de la Federaci\u00f3n.<\/li><\/ol><p><strong>Art\u00edculo 25\u00ba.-<\/strong> Son funciones del\/la Tesorero\/a:<\/p><ol><li>Recaudar y custodiar los fondos de la Federaci\u00f3n.<\/li><li>Ejecutar los pagos ordenados por el Presidente, con su visto bueno.<\/li><li>Cuidar el orden y la buena marcha de la Caja de la Federaci\u00f3n.<\/li><li>Llevar la contabilidad de la Federaci\u00f3n y custodiar y confeccionar los libros en que \u00e9sta se refleja.<\/li><li>Redactar los presupuestos y balances y estado de cuentas.<\/li><\/ol><p>\u00a0<\/p><h1>DE LA PERDIDA DE LA CUALIDAD DE ASOCIACIONES FEDERADAS<\/h1><p><strong>Art\u00edculo 26\u00ba.-<\/strong> Son derechos de las Asociaciones federadas:<\/p><ol><li>Participar en los \u00f3rganos de gobierno de la Federaci\u00f3n.<\/li><li>Elevar a los mismos, informaci\u00f3n y propuestas relacionadas con sus propios fines.<\/li><li>Recabar asistencia e informaci\u00f3n en orden a la materia propia de las Asociaciones de Padres y madres del Alumnado.<\/li><\/ol><p><strong>Art\u00edculo 27\u00ba.-<\/strong> Son deberes de las Asociaciones federadas:<\/p><ol><li>El cumplimiento de los Estatutos y acuerdos de la Asamblea y Junta Directiva.<\/li><li>Contribuir a los gastos que realice la Federaci\u00f3n en la forma que se estime anualmente en la Asamblea General.<\/li><li>Traspondr\u00e1n a su denominaci\u00f3n \u201cmiembro de la Federaci\u00f3n \u201cHERRIKOA\u201d de Asociaciones de Padres y Madres del alumnado.<\/li><\/ol><p><strong>Art\u00edculo 28\u00ba.-<\/strong> La falta de pago de tres cuotas consecutivas sin justificaci\u00f3n incapacitar\u00e1 a la Asociaci\u00f3n morosa a participar en las Asambleas y gozar de los beneficios de la Federaci\u00f3n, pudiendo ser dada de baja. Igualmente, si alguna Asociaci\u00f3n no aceptara notoriamente los Acuerdos de las Asambleas Generales y se opusiera a ellos, perder\u00e1 su condici\u00f3n de federada, estim\u00e1ndose su rebeld\u00eda en Asamblea General. Contra el acuerdo de \u00e9sta cabr\u00e1n los recursos previstos en el Ordenamiento Jur\u00eddico.<\/p><p>\u00a0<\/p><h1>PATRIMONIO Y RECURSOS ECON\u00d3MICOS<\/h1><p><strong>Art\u00edculo 29\u00ba.-<\/strong> La Federaci\u00f3n se constituye sin patrimonio alguno.<\/p><p><strong>Art\u00edculo 30\u00ba.-<\/strong> Para atender a sus fines la Federaci\u00f3n podr\u00e1 contar con los siguientes medios econ\u00f3micos:<\/p><ol><li>Las cuotas de las Asociaciones federadas.<\/li><li>Las subvenciones oficiales que se puedan lograr.<\/li><li>Las donaciones hechas por personas f\u00edsicas o entidades privadas.<\/li><li>Otros ingresos autorizados por nuestro Ordenamiento Jur\u00eddico.<\/li><\/ol><p><strong>Art\u00edculo 31\u00ba.-<\/strong> Los fondos de la Federaci\u00f3n ser\u00e1n depositados en una cuenta corriente de Banco o Caja de Ahorros y ser\u00e1n necesarias las firmas reconocidas y mancomunadas del\/la Presidente\/a y el\/la Secretario\/a para retirar fondos de la misma.<\/p><p>\u00a0<\/p><h1>DISOLUCI\u00d3N DE LA FEDERACI\u00d3N<\/h1><p><strong>Art\u00edculo 32\u00ba.-<\/strong> La disoluci\u00f3n de la Federaci\u00f3n ser\u00e1 acordada en Asamblea General extraordinaria convocada al efecto, siendo necesario los votos favorables de dos tercios de los votos presentes. La Federaci\u00f3n, no obstante, no podr\u00e1 ser disuelta mientras cinco Asociaciones al menos deseen continuar integradas en ella.<\/p><p><strong>Art\u00edculo 33\u00ba.-<\/strong> En el caso de disoluci\u00f3n todos los fondos y recursos que quedasen ser\u00e1n destinados a las Asociaciones que formen parte de la Federaci\u00f3n en aquel momento, haci\u00e9ndose un reparto proporcional al n\u00famero de socios de tales Asociaciones.<\/p><p>\u00a0<\/p><p><b>Estos estatutos han quedado redactados con la inclusi\u00f3n de las modificaciones acordadas en la Asamblea General extraordinaria, celebrada el d\u00eda veintis\u00e9is de marzo de dos mil nueve.<\/b><\/p>\t\t\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/section>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>CONSTITUCI\u00d3N, DENOMINACI\u00d3N, OBJETO, AMBITO, DOMICILIO Y DURACI\u00d3N. Art\u00edculo 1\u00ba.- Con la denominaci\u00f3n de Federaci\u00f3n \u201cHERRIKOA\u201d de Asociaciones de Padres y Madres del alumnado, se cre\u00f3 en Navarra una Federaci\u00f3n al amparo de la Ley 191\/1964, con adaptaci\u00f3n posterior a la Ley Org\u00e1nica 1\/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociaci\u00f3n, y normas complementarias, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"parent":51,"menu_order":2,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-145","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/herrikoa.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/145","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/herrikoa.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/herrikoa.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/herrikoa.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/herrikoa.org\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=145"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/herrikoa.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/145\/revisions"}],"up":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/herrikoa.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/51"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/herrikoa.org\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=145"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}